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QUO3 CONSULTORES


Subvención para el mantenimiento del empleo y el autoempleo


Con fecha de 26 de Mayo se abre la 3ª Convocatoria de esta subvención para el mantenimiento del empleo y el autoempleo que implica un mantenimiento del empleo (mantener el número de empleados actual de la empresa o el autónomo) o autoempleo en el caso de autónomos durante un plazo de 4 meses desde que se consiga la subvención.


Beneficiarios

  • Personas trabajadoras autónomas sin trabajadores por cuenta ajena.
  • Las microempresas (que incluyen a las personas trabajadoras autónomas con asalariados).
  • Las cooperativas y sociedades laborales.

Cuantía de la subvención

  • 4.543,00€. En la modalidad de Abono anticipado.

A TENER EN CUENTA

1. Requisitos
  • Requiere estar al día en Seguridad Social, AEAT y Agencia Tributaria Canaria.
  • No haber cubierto el importe de 200.000 € en subvenciones cobradas desde 2021 sujetas a minimis.
  • No tener pérdidas acumuladas que reduzcan el patrimonio neto en más de un 50% el capital social.
  • Tanto en el caso de empresas como de autónomos, tener un volumen de facturación menor a 2 millones de euros y menos de 10 empleados.
2. Documentación a aportar: Personas físicas:
  • Copia DNI.
  • Último IRPF presentado.
  • Certificado de alta en RETA (si no se tiene empleados).
  • Informe de trabajadores en alta (ITA). Si se tiene empleados.
  • Información sobre las ayudas minimis solicitadas y las aprobadas en los años 2021, 2022, 2023.
  • Modelo 425 IGIC.
  • Certificado digital (si quieren delegar en nosotros la presentación para mayor agilidad).
3. Documentación a aportar: Personas jurídicas:
  • Copia NIF.
  • Escritura de constitución y estatutos en vigor.
  • Escritura de poderes (si es diferente a la de constitución) y/o  escritura de acuerdos sociales en los que se haya nombrado administrador al autorizado en certificado digital.
  • Impuesto de Sociedades (2021).
  • Certificado de estar al corriente en AEAT, Seguridad Social y Agencia Tributaria Canaria.
  • Informe de trabajadores en alta (ITA).
  • Información sobre las ayudas minimis solicitadas y las aprobadas en los años 2021, 2022, 2023.
  • Modelo 425 IGIC.
  • Certificado digital (si quieren delegar en nosotros la presentación para mayor agilidad).
4. Honorarios por la gestión de la subvención:
  • Solicitud, seguimiento y contestación de requerimientos: 75 €
  • Gestión de la subvención, justificación y cumplimiento normativo en caso de que se consiga: 400 €.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN

  • Desde el 26/05/2023 hasta el 09/06/2023.
  • El plazo es de 10 días hábiles. Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación.

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